martes, 26 de mayo de 2015

LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Hoy día, prácticamente para cualquier actividad, nos solicitan información. Facilitamos nuestros datos personales cuando abrimos una cuenta en el banco, cuando solicitamos participar en un concurso, cuando reservamos un vuelo o un hotel, cada vez que efectuamos un pago con la tarjeta de crédito o cuando navegamos por Internet.
El nombre y los apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección postal o de correo electrónico, el número de teléfono, el DNI, la matrícula del coche y muchos otros datos que usamos a diario constituyen información valiosa que podría permitir identificar a una persona, ya sea directa o indirectamente
El derecho fundamental a la protección de datos es la capacidad que tiene el ciudadano para disponer y decidir sobre todas las informaciones que se refieran a él. Es un derecho reconocido en la Constitución Española y el Derecho Europeo y protegido por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

CUANDO ME PIDEN LOS DATOS

Todo tratamiento de datos personales comienza con su recogida. Ésta puede realizarse de muy diversas formas:
■ Verbalmente. Por ejemplo en la contratación telefónica o cuando nos damos de alta en el sistema de facturación de un comercio.
■ Por escrito. Cuando rellenamos impresos de admisión o de alta.
■ Usando formularios online. Cuando nos damos de alta en una red social.
■ Mediante la captación de nuestras imágenes por las cámaras de vigilancia de un supermercado.

En todos estos casos, quién recoge los datos, llamado responsable del fichero o tratamiento, debe cumplir con dos obligaciones básicas:

■ Informarnos.
■ Solicitar nuestro consentimiento.


Quien recoge nuestros datos nos debe informar de modo muy claro y comprensible sobre:

■ Su identidad y dirección.
■ La existencia de un fichero o tratamiento en el que incluirán nuestros datos.
■ La finalidad, para la qué los necesitan o requieren.
■ Si los van a facilitar con posterioridad a un tercero.
■ Como ejercitar los derechos de acceso y rectificación.

¡Los datos personales solamente pueden recogerse y emplearse si hemos dado nuestro consentimiento!
Sólo en algunos casos muy concretos, la Ley permite que se recojan datos sin autorización del ciudadano. efectos retroactivos». Por tanto la regla general consiste en que nos soliciten permiso para tratar nuestros datos.

Por último, el consentimiento afecta también a las cesiones de datos personales. Una cesión o comunicación de datos se produce cuando el dato se facilita, aunque sólo sea para su consulta a alguien distinto del responsable, de las personas que prestan sus servicios en la entidad, o del afectado cuyos datos se traten. La regla básica consiste en que sólo con consentimiento o cuando una Ley lo permita pueden cederse datos personales.



SEGURIDAD

El responsable que trata datos personales debe garantizar su seguridad.
Disponer de políticas de seguridad supone garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos.

SECRETO

El secreto es esencial para garantizar el derecho fundamental a la protección de datos. Sin secreto sobre los datos sobre los que se conozca no existiría este derecho.

Esto explica, por ejemplo que en determinados servicios de atención telefónica se realicen preguntas para establecer la identidad del cliente antes de facilitar datos, que en un hospital nunca nos faciliten información sobre una persona que esté siendo atendida, o que nunca nos den acceso a datos de personas mayores de edad, aunque se trate de familiares directos, si no aportamos un escrito probando que nos han otorgado su representación.

DERECHOS ARCO


A través de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, también conocidos como derechos ARCO, podemos saber qué información personal se está tratando por un responsable, de quién o de dónde se obtuvIeron los datos y a quién se los ha cedido. modificar o rectificar errores, cancelar datos que no se deberían estar tratando u oponernos a tratamientos de datos personales realizados sin nuestro consentimiento.  

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